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Impuesto: es el tributo con el cual la ciudadanía contribuye con el Estado, para efectos de dotarle los recursos necesarios para el cumplimiento de sus funciones. Con el impuesto el Estado no brinda un servicio específico, pero está en la obligación de utilizarlo para el progreso de la nación.
En el Código Tributario, “impuesto” se define como: "el tributo cuya obligación tiene como hecho generador una situación independiente de toda la actividad estatal relativa al contribuyente" (ejemplo: el impuesto de ventas).
Para más claridad con respecto a la definición del término “impuesto”, es importante conocer también los siguientes conceptos:
Tributo: es todo el dinero (tasas, impuestos y contribuciones especiales) que el Estado recauda como medio de obtener recursos para cumplir con sus obligaciones.
Tasa: es el tributo que los y las ciudadanas pagan al Estado por la prestación directa o inmediata de un servicio público (ejemplo: peaje).
En el Código Tributario, “tasa” se define como: "el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva o potencial de un servicio público individual izado en el contribuyente; y cuyo producto no debe tener un destino ajeno al servicio que constituye la razón de ser de la obligación. No es tasa la contraprestación recibida del usuario en pago de servicios no inherentes al Estado".
Contribución especial: en el Código tributario se define como: "el tributo cuya obligación tiene como hecho generador beneficios derivados de la realización de obras públicas o de actividades estatales, ejercidas en forma descentralizada o no; y cuyo producto no debe tener un destino ajeno a la financiación de las obras o de las actividades que constituyen la razón de ser de la obligación".
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