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D-101 Declaración jurada del impuesto sobre la renta 
24/10/2011 
 

Período fiscal: anual

 

Esta declaración debe presentarse a los 2 meses y 15 días naturales al cierre del periodo fiscal.

 

Generalmente, la presentación se hace a más tardar el 15 de diciembre de cada año, salvo cuando existen periodos fiscales especiales, otorgados vía resolución. Si el ùltimo día de vencimiento corresponde a un día inhábil (sábado, domingo o feriado), se prorroga al día hábil siguiente.

 

El formulario para la declaración está disponible únicamente en versión digital.

De acuerdo con la resolución Nº DGT-R-029-2011, publicada en LA GACETA Nº 185 del 27 de setiembre del 2011, a partir del período 2011, cuya fecha de presentación de la declaración y pago del impuesto vence el próximo 15 de diciembre, todos los contribuyentes del impuesto sobre la renta están obligados a utilizar el programa de ayuda EDDI-7, como medio para el cumplimiento de esta obligación tributaria, excepto los contribuyentes obligados a presentar sus declaraciones por Tributación Digital y por Tribunet, así como también los contribuyentes inscritos en el régimen de tributación simplificada. EDDI-7 es una herramienta informática que  facilita el llenado de las declaraciones de impuestos.

Disponibilidad:


El programa de ayuda EDDI-7 se encuentra disponible de manera gratuita en disco compacto, en las administraciones tributarias de todo el país, o bien puede descargarse desde el icono EDDI-7 ubicado al lado izquierdo de este sitio web. .

Versión digital:

 

El formulario debe llenarse e imprimirse por medio del programa de ayuda EDDI-7 (Elaboración digital de declaraciones de impuestos), y posteriormente presentarlo en cualquier entidad recaudadora autorizada.


A continuación dispone de la imagen del   Formulario D-101
 (es únicamente para efectos ilustrativos, no puede ser utilizado para el cumplimiento de las obligaciones tributarias)


Instructivo para el llenado del formulario D-101