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D-104 Declaración jurada impuesto general sobre las ventas - Liquidación por el sistema tradicional 
07/08/2011 
Dirección de Servicio al Contribuyente 

Periodo fiscal: mensual

 

Esta declaración debe presentarse a más tardar a los 15 días naturales del mes siguiente al que corresponda la declaración. Si la fecha de vencimiento cae en un día inhábil (sábado, domingo o feriado), se prorroga al día hábil siguiente.

De acuerdo con la resolución Nº DGT-R-012-2011, publicada en LA GACETA Nº 115 del 15 de junio del 2011, a partir del período del mes de julio 2011, cuya fecha de presentación de la declaración y pago del impuesto vence el próximo 16 de agosto, todos los contribuyentes del impuesto sobre las ventas están obligados a utilizar el programa de ayuda EDDI-7, como medio para el cumplimiento de esta obligación tributaria, excepto los contribuyentes obligados a presentar sus declaraciones por Tributación Digital y por Tribunet, así como aquellos contribuyentes inscritos en el régimen de tributación simplificada, formulario D.105.

Disponibilidad

El programa de ayuda EDDI-7 se encuentra disponible de manera gratuita en disco compacto, en las administraciones tributarias de todo el país, o bien puede descargarse desde el icono EDDI-7 al lado izquierdo de este sitio web
.


Versión digital:

 El formulario debe llenarse e imprimirse por medio del programa de ayuda EDDI-7 (Elaboración digital de declaraciones de impuestos) y posteriormente presentarlo en cualquier entidad recaudadora autorizada.


Para ver el  
Formulario D-104 Declaración jurada del impuesto general sobre las ventas – Liquidación por   el   sistema tradicional 
  pulse sobre   el nombre mencionado        (esta imagen es  únicamente para efectos ilustrativos, no puede ser usado para cumplir con esta obligación tributaria).



Para más información puede consultar el siguiente folleto informativo: