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Caja registradora 
08/04/2010 
 

                     Comprobantes de pago emitidos por medio de una caja registradora

Todas aquellas personas físicas o jurídicas que así lo deseen y sin necesidad de apersonarse a la Administración Regional Tributaria Territorial, están autorizadas para trabajar con Caja Registradora  para la emisión de comprobantes de ingresos, siempre y cuando cumplan con los siguientes requisitos:

En el tiquete o factura emitida al cliente debe figurar la siguiente información:

-     Nombre completo del propietario o razón social y la denominación del negocio (nombre fantasía si existe).

-     Número de inscripción (cédula de identidad, cédula jurídica o número asignado por la Administración Tributaria, según corresponda)

-     Numeración consecutiva de las operaciones (se imprimirá en el momento de la emisión)

-     Fecha de emisión

-     Descripción y valor del artículo vendido o servicio prestado, expresado en códigos o en letras, separando las mercancías gravadas y las exentas por marcadores.

-     Precio neto de venta (sin impuesto)

-     Monto del impuesto equivalente a la tarifa aplicada sobre el precio neto de venta con la indicación “Impuesto de Ventas” o las siglas “IVA”.

-     Valor total de la factura.

-     Si se trabaja con el impuesto de ventas incluido debe indicar la leyenda “Impuesto de Ventas Incluido” o las siglas “IVI”.

Además del tiquete extendido al cliente, la caja debe contar con cintas de control interno las cuales deberán archivarse en orden cronológico para el examen y comprobación de las ventas por parte de la Administración Tributaria.

La Caja Registradora debe permitir que se imprima en la cinta control, el total de ventas diarias y la numeración consecutiva correspondiente (z consecutiva), separando el importe de ventas gravadas de las exentas.

Aquellas personas físicas o jurídicas que trabajen con Caja Registradora y que a la hora de realizar una venta, el cliente además del tiquete de caja, quiera que se le haga entrega de una factura autorizada, estarán en la obligación de emitirla, si aquél lo solicita.

La caja registradora debe ser adquirida en algunos de los proveedores autorizados por la Dirección General de Tributación. Para ver lista, pulse aquí


Para obtener mas información, ingrese a Resolución 1-2000