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Facturación preimpresa 
 

08/04/2010 
 

Fundamento legal:
Articulo 8 de la Ley del Impuesto General sobre las Ventas, 18 del reglamento y artículo 9 del reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Este tipo de facturación es aquella en que los  comprobantes tienen  numeración preimpresa y consecutiva, dicha numeración debe  imprimirse en el extremo superior o inferior derecho del comprobante.

 

Debe cumplir además de los requisitos generales establecidos en las leyes tributarias y sus reglamentos, los siguientes:


i.  Nombre completo del propietario o razón social y la denominación del negocio (nombre de fantasía si existe).

ii.  Número de cédula.

iii. Dirección del establecimiento.

iv. Numeración consecutiva, la cual debe ser impresa en el extremo superior o inferior derecho del comprobante.

v.  Espacio para la fecha.

vi. Condiciones de venta (contado, crédito, etc.)

vii. Nombre del impresor (pie de imprenta) y los datos de identificación de la impresión.


Los comprobantes deberán contar además con los espacios necesarios, cuando corresponda, para
cumplir con los requisitos de emisión indicados en el artículo citado, referentes a :


i.  Nombre del comprador.

ii. Número de cédula natural o jurídica cuando el comprador sea contribuyente del impuesto.

iii. Detalle de la mercancía y servicios prestados, separados en gravados y exentos.

iv. Precio unitario y monto de la operación.

v.  Descuentos concedidos.

vi. Subtotal.

vii. Monto del Impuesto selectivo de consumo cuando el vendedor también sea contribuyente de este impuesto, así como cualquier otro impuesto que recaiga sobre mercancías o servicios gravados.

viii  Precio neto de venta.

ix.  Monto del impuesto.

x.  Valor total de la factura.


¿Cómo puedo confeccionar los talonarios?

Cuando una persona física o jurídica se inscribe por primera vez como contribuyente deberá llenar el formulario D-140, "Declaración de inscripción en el Registro de Contribuyentes" y entregarlo en las oficinas de la Administración Tributaria,  ésta le  hará entrega de una copia, con la misma debe dirigirse a alguna de las imprentas autorizadas y solicitar la confección de los talonarios; el diseño queda a gusto de los contribuyentes, solo deben velar por cumplir con los requisitos de los comprobantes de pago.

 

Si el contribuyente se inscribe por Tribunet, lo que presenta en las imprentas autorizadas, será el comprobante de inscripción que le enviaron al correo electrónico.