Este impuesto grava las utilidades generadas por cualquier actividad o negocio de carácter lucrativo, que realicen las personas físicas o jurídicas en el territorio nacional durante el período fiscal.
Contribuyentes
Son contribuyentes de este impuesto, las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que realicen en el territorio nacional actividades o negocios de carácter lucrativo, independientemente de la nacionalidad, del domicilio y del lugar de la constitución de las personas jurídicas o de la reunión de sus juntas directivas o de la celebración de los contratos (Artículo 2 de la Ley No. 7092 del 21 de abril de 1988).
Declarantes
Son aquellas entidades no sujetas al impuesto, indicadas en el artículo 3 de la ley antes mencionada.
Formulario D-101 “Declaración Jurada del Impuesto sobre la Renta” Este formulario esta disponible solamente en versión digital. Están obligados a presentar esta declaración, tanto los contribuyentes como los declarantes.
De acuerdo con la resolución Nº DGT-R-029-2011, publicada en LA GACETA Nº 185 del 27 de setiembre del 2011, a partir del período 2011, cuya fecha de presentación de la declaración y pago del impuesto vence el próximo 15 de diciembre, todos los contribuyentes del impuesto sobre la renta están obligados a utilizar el programa de ayuda EDDI-7, como medio para el cumplimiento de esta obligación tributaria, excepto los contribuyentes obligados a presentar sus declaraciones por Tributación Digital y por Tribunet, así como también los contribuyentes inscritos en el régimen de tributación simplificada. EDDI-7 es una herramienta informática que facilita el llenado de las declaraciones de impuestos.
Período fiscal
El período fiscal es de un año. Se inicia el 1° de octubre de un año y concluye el 30 de setiembre del siguiente. Además existen otros períodos fiscales, que se pueden autorizar dependiendo de la actividad del contribuyente. Las fechas de presentación de las declaraciones, varían para los diferentes períodos fiscales.
Fechas de presentación de la declaración y pago del impuesto:
La declaración y el pago del impuesto deben efectuarse dentro de los dos meses y quince días naturales siguientes a la finalización del período fiscal. Si el período fiscal es el ordinario (01 de octubre de un año al 30 de setiembre del siguiente), el plazo comprende del 1 de octubre al 15 de diciembre.
Para más información consulte los siguientes folletos informativos: