|
Este impuesto grava los rendimientos percibidos por los fondos de inversión, provenientes de títulos valores u otros activos, así como las ganancias de capital generados por la enajenación de activos del fondo.
Fundamento legal: artículo 100 de la Ley Reguladora del Mercado de Valores, Nº 7732 del 19 de diciembre de 1997 (La Gaceta Nº 18 del 27 de enero de 1998).
Formulario: D-113, Declaración Jurada de los Impuestos a los Rendimientos y Ganancias de Capital de los Fondos de Inversión.
Contribuyentes: el impuesto está a cargo de los fondos de inversión, recayendo la responsabilidad de presentar la declaración sobre la Sociedad Administradora de Fondos de Inversión, a través del representante legal de ésta.
Base Imponible:
Rendimientos de títulos valores: el monto total de la renta o los rendimientos acreditados, compensados, percibidos o puestos a disposición del fondo de inversión.
Tarifa: 5% (cinco por ciento)
Ganancias de capital: la diferencia entre el valor de enajenación del activo y su valor registrado en la contabilidad a la fecha de la transacción.
Tarifa: 5% (cinco por ciento).
Período: mensual.
Plazo de presentación y cancelación: la declaración se debe presentar y pagar dentro de los diez primeros días hábiles del mes siguiente a aquél en que se generaron los rendimientos o las ganancias de capital gravadas.
|