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Contribuyentes: Las sociedades mercantiles y las subsidiarias de las sociedades extranjeras inscritas en la Sección Mercantil del Registro Público de la Propiedad.
Base Legal: Ley del timbre de educación y cultura, N° 5923 de 18 de agosto de 1976 y sus reformas.
Hecho generador: Inscripción en el Registro Mercantil y todos los actos registrales.
Formulario de pago: Recibo oficial de pago D-110, que se obtiene en cualquiera de las entidades recaudadoras autorizadas con un costo de ¢120, o bien mediante el programa de ayuda EDDI, que puede adquirirlo gratuitamente en las administraciones tributarias ó descargarlo pulsando aquí
Fecha de pago: En forma previa a la inscripción y a todos los actos registrables. Asimismo, todas las sociedades mercantiles sea que estén activas o no, deberán pagarlo anualmente, en los meses de febrero y marzo con vencimiento hasta el 31 de marzo.
Tarifa: El cálculo del impuesto se determina de acuerdo al capital neto declarado en el periodo fiscal anterior inmediato, de acuerdo con los siguientes rangos:
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Rango según el capital neto
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Impuesto por pagar
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Hasta ¢250.000.00
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¢750,00
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Más de ¢250.000.00 hasta ¢1.000.000.00
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¢3.000.00
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Más de ¢1.000.000.00 hasta ¢2.000.000.00
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¢6.000.00
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Más de ¢2.000.000.00
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¢9.000.00
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