Omitir vínculos de exploración
Inicio
Preguntas tributarias
Servicios electrónicos
Contáctenos
Estadísticas, planes e informes
Proyectos
Contribuyentes morosos
 

Omitir vínculos de exploración
Conozca la DGT
Información general
Impuesto sobre la renta
Impuesto sobre las Ventas
Impuesto de Consumo
Otros impuestos
Sanciones tributarias
Declaraciones Informativas y DECLAR@7
Formularios tributarios
Tramos, tarifas y créditos fiscales vigentes
Trámites o solicitudes y sus requisitos
Valoraciones
Listas de interés público
Comunicados y boletines informativos
Calendario tributario

Monto exento del impuesto sobre bienes inmuebles  
09/05/2013 
Órgano de Normalización Técnica 

La Ley sobre bienes inmuebles Nº 7509 y sus reformas, crea el Órgano de Normalizacion Técnica, como órgano técnico especializado y asesor obligado de las Municipalidades y le faculta, a dictar disposiciones de carácter general, las cuales deberán publicarse en el Diario Oficial y en un diario de circulación nacional.


Para el período 2012, del 1º de enero al 31 de diciembre,  no estarán afectos al pago del impuesto sobre bienes inmuebles, todos aquellos que constituyan bien único de los sujetos pasivos, personas físicas y cuyo valor, registrado en la respectiva Municipalidad no exceda de ¢17.073.000,00 (diecisiete millones setenta y tres mil colones netos), según resolución  Nº 02-2012.

Histórico de este impuesto